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Siga leyendo o haga clic en los enlaces a continuación para leer sobre otras preguntas comunes que los miembros del Proyecto de Apoyo para Solicitantes de Asilo (o ASAP por sus siglas en inglés) nos han preguntado. Por favor, tenga en cuenta que en varias ocasiones las respuestas a estas preguntas dependen de su ubicación. Visite esta página para ver enlaces a recursos locales, incluyendo organizaciones comunitarias y abogados.

¿Puedo solicitar una tarjeta de residencia (residencia permanente) después de obtener el asilo?

¡Sí! Puede solicitar la residencia permanente entregando la solicitud de tarjeta de residencia (Formulario I-485) al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés).

Puede presentar una solicitud de tarjeta de residencia en cualquier momento después de ganar el asilo. Sin embargo, USCIS no otorgará su solicitud de tarjeta de residencia hasta al menos un año después de que ganó el asilo.

Puede encontrar más información sobre cómo solicitar una tarjeta de residencia después de obtener el asilo en este sitio web de USCIS. También puede aprender más sobre cómo solicitar un permiso de trabajo después de obtener el asilo.

¿Necesito incluir que soy miembro de ASAP en mi solicitud de tarjeta de residencia?

Sí. Si usted es miembro de ASAP, debería incluir información sobre su membresía de ASAP en su solicitud de tarjeta de residencia (Formulario I-485). Las preguntas 1 a 13 de la Parte 8 preguntan acerca de su membresía en organizaciones en los Estados Unidos y en cualquier otro lugar del mundo.

Si usted es miembro de ASAP, debería marcar “yes” (significa “sí” en español) en la Pregunta 1. Luego, puede incluir la siguiente información sobre ASAP (recuerde que el formulario se debe llenar en inglés):

  • Name of Organization (Nombre de la organización): Asylum Seeker Advocacy Project (ASAP)
  • City or Town (Ciudad o Pueblo): New York
  • State or Province (Estado o Provincia): New York
  • Country (País): United States
  • Nature of Group (Descripción del Grupo): asylum resources and advocacy
  • Dates of membership (Fechas de mi membresía):

From (Desde): Para averiguar cuál es la fecha de inicio de su membresía de ASAP, envíe un correo electrónico a [email protected]. En su correo electrónico, incluya su número de membresía de ASAP, su nombre completo, su fecha de nacimiento y el número de teléfono que incluyó en su solicitud de membresía de ASAP. Esto ayudará a ASAP a identificar y ubicar su información de membresía de ASAP.

To (Hasta): Puede escribir “Current” (significa “Presente” en español) si usted es miembro de ASAP actualmente. Sin embargo, si usted está utilizando una computadora, es posible que el formulario no le permita escribir una palabra en lugar de una fecha. En ese caso, después de imprimir su formulario, puede escribir la palabra “Current” con una pluma con tinta negra.

Usted NO necesita incluir su tarjeta de membresía de ASAP en su solicitud de tarjeta de residencia.

¿Cómo encuentro servicios legales de inmigración?

¡Visite la página web de ASAP para buscar ayuda!

¿Cómo encuentro ayuda con situaciones de vivienda, familia, empleo u otro problema?

¡Visite la página web de ASAP para buscar ayuda!

¿Puedo obtener una licencia de conducir?

Las reglas sobre quién puede obtener una licencia de conducir y el proceso de obtener una licencia son diferentes en cada estado de los Estados Unidos. Encuentre más información sobre licencias de conducir aquí.

¿Cómo encuentro asistencia alimentaria en mi área?

Visite esta página o esta página (sólo en inglés) para buscar asistencia alimentaria cerca de usted. Puede leer más información sobre asistencia alimentaria aquí.

¿Puedo recibir asistencia del gobierno si tengo un caso de asilo pendiente?

Cada estado de los Estados Unidos (EE.UU.) tiene reglas diferentes sobre la asistencia que solicitantes de asilo pueden recibir del gobierno. Esto puede incluir beneficios como apoyo para la vivienda, apoyo financiero, apoyo alimentario y apoyo para mujeres embarazadas, bebés y niños pequeños. Para algunos beneficios, si usted tiene hijos que son ciudadanos estadounidenses, es posible que usted pueda recibir beneficios en nombre de sus hijos, sin importar su propio estatus migratorio. Puede encontrar más información sobre beneficios del gobierno aquí.

¿Cómo encuentro atención médica?

Encuentre información sobre atención médica aquí.

También, puede usar los recursos a continuación para buscar cuidado médico de bajo costo en su área.

  • Visite este Directorio de Clínicas Gratuitas (en inglés) e ingrese su código postal, o la ciudad y estado donde vive, para encontrar clínicas médicas gratuitas o de bajo costo en su área.
  • Puede llamar al 211 en muchas partes de los Estados Unidos para recibir ayuda encontrando centros de atención médica y otros servicios.
  • Esta publicación de United We Dream (en inglés) también tiene enlaces a clínicas médicas gratuitas y de bajo costo en diferentes estados.
  • Para servicios de cuidado de salud mental, puede visitar los sitios web de Give an Hour (sitio web está en inglés pero puede ingresar su idioma preferido) o Latinx Therapist Action Network e ingrese su ubicación. Esas páginas web muestran listas de terapeutas que pueden proveer servicios gratuitos o de bajo costo para solicitantes de asilo.

¿Cómo encuentro cuidado de la salud mental?

Visite las páginas web de Give an Hour o Latinx Therapists Action Network e ingrese su ubicación para encontrar listas de terapeutas que brindan servicios gratuitos o de bajo costo para los solicitantes de asilo. Si usted tiene una emergencia de salud mental, puede llamar a Lifeline al 988 y marcar 2 o enviar un mensaje de texto con la palabra AYUDA al 988 para obtener ayuda en español.

Si fue separado de su hijo/a después de entrar a los Estados Unidos, también puede llamar a Seneca Family Services al 844-529-3327 para recibir servicios de salud mental gratuitos para usted o sus hijos.

También puede encontrar información general sobre atención médica aquí.

¿Cómo encuentro ayuda por violencia doméstica?

Si usted está sufriendo de violencia doméstica, puede llamar a la Línea Directa Nacional de Violencia Doméstica, al 1−800−799−7233 o chatear con alguien en la página web para obtener apoyo y hablar sobre sus opciones. Los servicios de ellos son gratuitos y están disponibles las 24 horas, los 7 días de la semana.

Como sobreviviente de violencia doméstica, es posible que sea elegible para ciertos tipos de estatus de inmigración, tales como la visa U o VAWA. Un abogado puede ayudarle a entender su caso. Busque ayuda legal aquí.

¿Cómo y cuándo debería declarar impuestos?

Si usted trabaja en los Estados Unidos es obligatorio que declare impuestos si su ingreso supera un monto específico. La fecha límite para declarar sus impuestos por lo general es el 15 de abril pero puede cambiar dependiendo del año.

Hay beneficios por declarar sus impuestos. Por ejemplo:

  • Puede recibir reembolsos. Cuando usted trabaja en los Estados Unidos, a veces parte de su ingreso es automáticamente retenido por el gobierno federal y el gobierno estatal. Al declarar sus impuestos, es posible que usted sea elegible para recibir un reembolso del dinero que le retuvieron.
  • Puede ayudarle con su caso de inmigración. Por ejemplo, la declaración de impuestos puede servir como prueba de los años que usted ha vivido en los Estados Unidos, lo cual puede ser muy importante para un caso de inmigración.
  • El proceso es seguro. Por lo general, toda la información brindada al declarar impuestos es confidencial y no debe ser compartida con otras agencias o personas. Ni la policía ni las agencias migratorias deben investigarlo por declarar sus impuestos.

Si usted no tiene un número de seguridad social, aún puede declarar impuestos mediante un número de identificación personal del contribuyente (número ITIN).

Si usted está buscando ayuda con sus impuestos, puede buscar lugares que le ayuden a preparar su declaración de impuestos de manera gratuita. Todo lo que tiene que hacer es ingresar su código postal para encontrar lugares cerca de donde vive. También puede llamar a esta línea directa para información actualizada: 1-800-906-9887. Si usted prefiere que le ayuden por teléfono en vez de en persona, visite esta página web.

Lea más sobre impuestos y sobre cómo declarar sus impuestos aquí.

¿Qué debería hacer si tengo preguntas sobre mi tarjeta de seguro social?

Si usted tiene preguntas sobre los números de seguro social, puede contactar directamente a su oficina local de Administración de Seguro Social. Para encontrar su oficina más cercana, visite esta página web e ingrese su número de código postal en el cuadro de texto que dice “CÓDIGO POSTAL”.

También puede llamar al número sin cargo nacional 1-800-772-1213 para solicitar información acerca de la oficina de Administración de Seguro Social en su área.

Si usted necesita pedir, reemplazar o corregir su tarjeta de seguro social, puede encontrar las instrucciones y el formulario de solicitud aquí (en inglés).

También puede encontrar más información sobre permisos de trabajo y números de seguro social para solicitantes de asilo aquí.

¿Puedo abrir una cuenta bancaria o una cuenta de crédito si tengo un caso de asilo pendiente?

Sí, usted puede abrir cuentas bancarias y cuentas de crédito si tiene un caso de asilo pendiente.

¿Puedo solicitar beneficios de desempleo si tengo un caso de asilo pendiente?

Depende. Por lo general, los inmigrantes que tienen un permiso de trabajo pueden calificar para beneficios de desempleo pero las reglas y requisitos de cada estado son diferentes.

Aprenda sobre cómo solicitar beneficios de desempleo en el estado donde vive. También puede contactar a organizaciones que tal vez puedan ayudarle a solicitar beneficios de desempleo en diferentes estados.

¿Qué tipo de ayuda está disponible para estudiantes que solicitan asilo?

Cada niño en los Estados Unidos tiene derecho a recibir educación pública gratuita sin importar su estatus migratorio. Encuentre más información sobre educación aquí.

A continuación hay algunas páginas web que brindan información útil para estudiantes que solicitan asilo o que no tienen estatus migratorio:

¿Cómo encuentro y ayudo a una persona que está detenida?

Si usted está buscando una persona adulta que está detenida, puede usar esta página web de ICE. En la parte superior de la página, puede cambiar el idioma. Luego, puede ingresar la siguiente información sobre la persona: primer nombre, apellido y país de origen, para intentar averiguar en qué centro de detención se encuentra. Puede encontrar instrucciones más detalladas aquí.

Si usted ya revisó la página de ICE y no ha podido encontrar a su ser querido que está detenido, tenga en cuenta que a veces toma tiempo para que aparezcan en el sistema. Le recomendamos que siga intentando. Si después de varios días aún sigue sin encontrar a su ser querido, intente contactar a la organización Freedom for Immigrants (Libertad para Inmigrantes), la cual ayuda a personas que no han podido localizar a sus seres queridos detenidos por inmigración. Puede completar este formulario para pedir ayuda o llamar al 209-757-3733.

Si usted está buscando a un niño que está detenido, este recurso del gobierno explica cómo proceder. Llame a esta línea del gobierno para padres que intentan localizar a sus hijos, al 1-800-203-7001.

Aquí hay algunos otros recursos que podrían ser útiles una vez que haya localizado a su ser querido:

  • Estas organizaciones legales brindan ayuda legal para los inmigrantes que están en detención en diferentes estados. Puede llamar a la organización más cercana a su ser querido y pedir ayuda en su nombre. Si es posible, tenga listo el nombre completo y el número A de la persona detenida cuando llame.
  • Puede pedir ayuda para pagar una fianza de un ser querido en detención.
  • Estos recursos de otras organizaciones contienen información sobre cómo solicitar la liberación de las personas en detención: Guía 1, Guía 2 (disponible en muchos idiomas), Guía 3 (Parte 4 de la sección IV).
  • Freedom for Immigrants (Libertad para Inmigrantes) puede ayudarle en caso de que necesite reportar cualquier abuso en el centro de detención. Puede llamar al 209-757-3733. También tienen una línea directa, 9233, al cual su ser querido puede llamar desde el centro de detención.

¿Se puede solicitar asilo en la frontera entre México y los Estados Unidos?

La situación en la frontera está cambiando frecuentemente. Y la situación puede variar dependiendo de su ubicación en la frontera. Puede ser útil ponerse en contacto con las organizaciones que trabajan en la frontera para obtener más información sobre las noticias más recientes. Aquí hay una lista de organizaciones en la frontera.

¿Cómo puedo demandar al gobierno por el abuso y el maltrato que sufrimos al llegar a los Estados Unidos?

Este folleto explica la posibilidad de demandar al gobierno estadounidense mediante la Ley Federal de Reclamación de Agravios (FTCA, por sus siglas en inglés) por el abuso o maltrato que usted o su familia hayan sufrido al llegar a Estados Unidos. Hacer una demanda bajo la FTCA es un proceso diferente que su caso de inmigración y es totalmente voluntario. Si usted gana su caso bajo la FTCA sobre abuso o maltrato que ha sufrido, usted recibirá dinero del gobierno estadounidense. Usted debería consultar con un abogado para discutir su situación en particular.

Nota: Esta página es para adultos que están interesados ​​en solicitar asilo en los Estados Unidos. Nuestra esperanza es que usted pueda utilizar la información para comprender mejor el proceso de asilo y tomar el control de su caso. Sin embargo, esta información no reemplaza el consejo legal sobre su caso particular. Para buscar asistencia legal, visite la página de ayuda de ASAP.

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